El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha confirmado el principio de que los Estados miembros no pueden restringir el mercado nacional de juegos de azar para proteger los intereses comerciales de los titulares o por otras razones económicas.
Han afirmado que los miembros «deben abstenerse de proteger las posiciones de mercado adquiridas por los operadores existentes, lo cual incluye la distancia mínima entre los establecimientos de los nuevos titulares de licencia y los operadores actuales».
Por su parte, el secretario de Egba indica que «acogemos con gran satisfacción la conclusión del Tribunal. Ha llegado la hora de que la Comisión actúe aunque sea a través de un proc
