La AFIP crea un régimen de información sobre la explotación del juego

12-afipA través de la Resolución 3510, publicada hoy en el Boletín Oficial , el organismo presidido por Ricardo Echegaray determinó la creación de un «registro y régimen de información respecto de la explotación de juegos de azar y apuestas» con el fin de «profundizar el control fiscal sobre las rentas o ingresos provenientes» de ese rubro.

«Como ya se ha efectuado en otros rubros de la economía, resulta propicio establecer un régimen que permita contar con la información de las operaciones realizadas por tales explotaciones, a través de sistemas informáticos definidos para ese fin», se indicó.

El incumplimiento de las obligaciones correspondientes al presente régimen podrá ser sancionado, incluso, con la suspensión temporal del Cuit. También se prevé encuadrar al responsable en una categoría creciente de riesgo a efectos de ser fiscalizado, y suspenderlo o excluirlo, según corresponda, de los Registros Especiales Tributarios de la AFIP en los que estuviera inscripto.

El monitoreo de las cuentas regirá para los bingos, casinos y para las apuestas de dinero que se realizan por internet, celulares o telefonía fija. No abarca, sin embargo, a las apuestas en hipódromos, los sorteros de las loterías, las quinielas, rifas y similares, y los concursos realizados a través de medios masivos de comunicación (gráfico, radial o televisivo).

Las casas de juego deberán -según se desprende de la resolución- enviar diariamente al fisco los siguientes datos:

a) Para máquinas electrónicas de juegos de azar y apuestas automatizadas y máquinas tragamonedas o slots: los ingresos «coin in» y los egresos «coin out», «jackpot», y el valor unitario equivalente en pesos, discriminado por cada una de las máquinas instaladas.

b) Para juegos de «mesas de paño» o «mesas vivas»: la ganancia bruta obtenida de la explotación de las mismas por cada una de las mesas y tipo de juego.

c) Para juegos de Bingo: la cantidad y valor de cartones vendidos, detallando «desde y hasta» del número y serie de los cartones vendidos y los premios pagados por la explotación de este juego.

d) Para juegos por «Internet»: el total de apuestas y premios pagados, discriminado por juego o tema.

e) Para juegos por telefonía fija o móvil: el total de apuestas y premios pagados discriminados por juego o tema.

lanacion.com.ar/

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