1.Defender y sostener los principios establecidos en la CONSTITUCIÓN NACIONAL y en consecuencia, el derecho inalienable de la NACIÓN y de lasPROVINCIAS para ejercer el poder de policía y reglamentar con autonomía la explotación de los juegos de azar en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, como así también la facultad de legislar sobre la prevención y represión del juego ilegal o clandestino.-
2.Propender al resguardo e integridad del monopolio estatal en la explotación de los juegos de azar, como fuente esencial de recursos para la NACIÓN y lasPROVINCIAS con claro y decidido destino social.-
3.Cuando lo soliciten los ORGANISMOS MIEMBROS o los ESTADOS NACIONAL y PROVINCIALES a los que los mismos pertenecen, brindarles asesoramiento general y en particular en todo lo concerniente a la actividad lúdica.-
4.Organizar y mantener un servicio de documentación y estadística sobre explotación de los juegos de azar, tanto en el ámbito nacional como en el internacional, en el que se incorporen todos los datos disponibles en lo relativo a programación de sorteos, métodos de comercialización, formas de distribución, normas administrativas, legales, publicitarias, etc., con fines de consulta e información general e integral para sus ASOCIADOS.-
5.Editar una revista que contenga y de a conocer toda la actividad de la ASOCIACIÓN, tanto la desarrollada en el ámbito nacional como en el internacional, como así también instar la publicación y difusión de documentos o estudios de interés general en materia de explotación de juegos de azar.-
6.Organizar una biblioteca técnica con obras y material nacional e internacional sobre la actividad lúdica, propendiendo a su continua actualización y modernización, a cuyo efecto deberán tenerse en cuenta los desarrollos tecnológicos que se vayan produciendo y la posibilidad de incorporación.-
7.Colaborar o llevar a cabo la organización y financiación de las sesiones de la ASAMBLEA DE LA JUNTA DE REPRESENTANTES LEGALES.-
8.Patrocinar o llevar a cabo ante los PODERES PÚBLICOS de los ESTADOS NACIONAL y PROVINCIALES, por sí o a pedido de los ORGANISMOS OFICIALES MIEMBROS, gestiones y cuantos trámites sean necesarios para la defensa de los mismos.-
9.Ejercer la representación de los ORGANISMOS OFICIALES MIEMBROS en el orden internacional, pudiendo incorporarse a otras ASOCIACIONES oCORPORACIONES que cumplan objetivos afines.-
10.Intervenir de oficio o a pedido de parte, para conciliar en las divergencias que se susciten entre los ORGANISMOS OFICIALES MIEMBROS de laASOCIACIÓN.-
11.Organizar cursos, encuentros, seminarios, congresos, jornadas, asambleas, comisiones de trabajo, reuniones especiales, conferencias, coloquios y todo otro evento referente a la actividad lúdica e impulsar la coordinación de estas, tanto en el orden nacional como internacional.-
12.Incentivar y desarrollar actividades, estudios e investigaciones sobre temas de juegos de azar, tanto en el campo comercial como en el técnico.-
13.Establecer y desarrollar vínculos entre los ORGANISMOS OFICIALES MIEMBROS de la ASOCIACIÓN, con las LOTERÍAS ESTATALES de otros países y con las CORPORACIONES INTERNACIONALES que nuclean a las mismas.-
14.Impulsar la homogeneización legislativa en materia de juegos de azar en las distintas jurisdicciones del país.-
15.Promover la suscripción de acuerdos entre los ORGANISMOS OFICIALES MIEMBROS tendientes a la explotación conjunta de los juegos de azar, esencialmente a través de las modernas tecnologías disponibles.-
16.Instar la suscripción de acuerdos entre sus ORGANISMOS OFICIALES MIEMBROS y en el ámbito de las CORPORACIONES INTERNACIONALES a las que se encuentra adherida o adhiera en el futuro, tendientes a la utilización y aprovechamiento ético de las modernas tecnologías en la explotación de los juegos de azar, sobre la base del respeto irrestricto al principio de territorialidad de las apuestas.-
17.Promover la suscripción de acuerdos entre los ORGANISMOS OFICIALES MIEMBROS, como así también en el ámbito de las CORPORACIONES INTERNACIONALES a las que se encuentra adherida o adhiera en el futuro, tendientes a la constitución de ORGANISMOS CERFICADORES DE LA CALIDAD DE LOTERÍA ESTATAL.-
