
Así lo resolvió el Superior Tribunal de Justicia en el marco de una causa donde el máximo tribunal debe analizar si el juez de feria, Fernando Lavenás, tenía competencia para dictar una cautelar que frenó la licitación para la concesión de casinos y salas de juego en el interior.
El Superior Tribunal de Justicia del Chaco rechazó la recusación de una de sus integrantes, la ministra María Luisa Lucas, en la causa donde se debe resolver si el juez de feria era competente para dictar la medida cautelar que frenó por segunda vez la licitación de casinos y salas de juego en el interior.
La recusación fue impulsada por los apoderados de Lotería Chaqueña contra la doctora Lucas –presidenta del STJ durante la feria- por las causales de supuesto “prejuzgamiento” y “falta de imparcialidad”. Desde el organismo cuestionaron que la jueza habilite la feria judicial para analizar el planteo de incompetencia que la propia Lotería Chaqueña había realizado contra el juez de feria Fernando Lavenás. En ese sentido, sostuvieron que la habilitación de la feria judicial “permite exclusivamente el inicio del cómputo del plazo para interponer el Recurso Extraordinario Federal, contra la sentencia dictada por el Cuerpo”.
La resolución, publicada en la página web del Poder Judicial del Chaco, fue dictada el pasado 28 de enero, y lleva las firmas de los ministros Alberto Modi, Rolando Toledo e Iride Isabel Grillo. La medida fue adoptada en el marco del expediente caratulado “SELTON-NEWSTAR – UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS C/ LOTERIA CHAQUEÑA S/ACCION DE AMPARO”.
Los magistrados aseguraron que “en la valoración de las causales invocadas por la parte actora, tenemos que la Dra. Lucas, ha actuado dentro de facultades propias de sus funciones”. Y consideraron que el planteo de Lotería Chaqueña era “contraria a la doctrina de los actos propios”.
Contradicciones
Entre los fundamentos del rechazo de la recusación, los ministros del STJ consideraron que en el marco de la cautelar que frenó la licitación de casinos y salas de juegos del interior dictada por el juez de feria Lavenás Lotería Chaqueña “ha solicitado en aquél la habilitación de Feria, por lo que parece menos que contradictoria la actitud de ésta, al solicitar, habilitación de Feria en el mencionado expediente, -que por otra parte le ha sido concedido-, y luego acusar de falta de imparcialidad a la Dra. Lucas, por haber hecho lugar al pedido de habilitación de Feria solicitado por el representante legal de la contraparte”.
En la resolución, los jueces del STJ señalaron, además, que “si la parte actora pretende, -como sus actos lo han indicado- dar certeza a los derechos invocados, no menos cierto es que, el actuar de la señora Juez, pretende dar una coherencia y correlato en el trámite de la causa y en protección de los derechos de las partes”.
Por otra parte, al cuestionar “la trascendencia de la cuestión debatida” valorada por la juez, como causal para solicitar la nulidad de la presente providencia, es indubitable, ya que es imprescindible recordar, que nos encontramos ante una materia de derecho público, en el que el accionar del Estado, indudablemente hacen al interés público y en consecuencia al cumplimiento de sus fines».
La medida cautelar de la polémica
Vale recordar que este Tribunal deberá resolver un planteo de incompetencia de Lotería Chaqueña contra el juez de feria Fernando Lavenás – en el marco del expediente caratulado «Lotería Chaqueña s/incompetencia por inhibitoria», que lleva el número 01/15 – ante una decisión del juez sobre la presentación de una medida cautelar y una acción de amparo impulsadas por la UTE conformada por las empresas Selton y Newstar, el 7 de enero pasado. Y donde el magistrado había habilitado la feria y hecho lugar a la medida cautelar frenando la licitación para la concesión de casinos y salas de juego en el interior provincial cuya apertura de sobres estaba prevista para ese viernes 9.
