En Río Negro está vigente el Fondo para Actividades Culturales

Será el 4 por ciento de los aportes distribuidos por Lotería de Río Negro, tal como establece la Ley 48.

El Estado reglamentó la creación de un fondo para promoción de actividades culturales y recreativas, y una pequeña porción irá para entidades de bien público; según el decreto N° 967. De esta manera, se pone en vigencia la Ley N° 4.914 que impulsan este tipo de iniciativas.

La normativa establece que los montos se canalizarán mediante una cuenta especial en jurisdicciones de la Secretaría de Cultura.

El 90% de los recursos abarcará a todas aquellas actividades que organice o apruebe el organismo provincial, bajo los lineamientos generales del Plan Provincial de actividades culturales, recreativas y sociales.

Para acceder a los beneficios de la mencionada norma, las federaciones, asociaciones y organizaciones culturales, deberán acreditar su debida inscripción en el registro que se crea en este marco. Se les garantizará un mínimo del 10 % de los recursos del fondo; sostiene el decreto.

Esta ley es producto de una modificación de la Ley 48 de los fondos distributivos de Lotería de Río Negro. Con estos cambios, el artículo 12 de la Ley 48 estipula que que el producido líquido de la explotación de los juegos de azar se distribuirá ahora en un 4% con una distribución primaria y otra secundaria.

De la primaria, un 4% continúan transfiriéndose a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios y a la Federación que las agrupa, y un porcentaje similar para el Fondo de Promoción Cultural.

Las modificaciones dan cuenta de una distribución secundaria. En consecuencia, del saldo remanente del producido líquido de la explotación de los juegos de azar, luego de efectuada la distribución primaria, se destinan un 4,60% para fondo de reserva y capitalización de Lotería, 2,90%)con destino al Fondo Provincial de Turismo, un 1,50% para el Fondo del Sistema Bibliotecario Provincial (Ley F Nº 2.278), 77% para las áreas de Salud y Educación, 4% con destino al Fondo para la Promoción del Deporte y las Instituciones Deportivas, 7% para promoción, desarrollo y emergencias sociales, 1,30% para el Sistema de Protección a la Vejez (ley D Nº 3.937), y 1,70% para el Fondo Editorial Rionegrino (FER).

rionegro.com.ar

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