El exsecretario de la Presidencia, Gonzalo Fernández, criticó el proyecto que reestructura la institucionalidad de los juegos de azar y deja en manos de un organismo determinar qué modalidad es clandestina, además de penalizar al apostador.

Fernández, en su calidad de experto penalista, evacuó una consulta jurídica del grupo «Padres contra las malas costumbres» vinculada al proyecto de ley que la Dirección General de Casinos remitió al Parlamento y propone la creación de un órgano rector. «Padres…» entiende que el proyecto está destinado a legalizar las máquinas tragamonedas en bares y almacenes.
El proyecto crea la Dirección Nacional de Contralor de Apuestas y Juegos de Azar, en calidad de ente regulador. También se crea la Administración Nacional de Casinos y Juegos de Apuestas del Estado, dedicada a la explotación de los juegos. El órgano de contralor, de acuerdo al proyecto, tendrá la potestad de prohibir en todo o en parte una modalidad de juego y también sancionar a los infractores que incurrieran en juego clandestino. Actualmente, solo el Estado o permisarios autorizados para tal fin, pueden explotar o facilitar tragamonedas. Pero el nuevo órgano también podrá dar licencias, permisos, redactar reglamentos, etc. «Huelga señalar que por su propia naturaleza y variedad, las máquinas tragamonedas son una poderosa oferta de incitación al juego y hasta poseen efectos adictivos sobre el jugador, tanto más si se trata de jóvenes adolescentes, capaces de instalar en el apostador el primer estadio de un proceso de ludopatía», sostiene Fernández. En consecuencia, entiende que no hay razón valedera para excluir a la explotación de tales tragamonedas de la ilicitud.
Sin embargo, Fernández entiende que el proyecto le otorga facultades «poco menos que discrecionales» a la autoridad pública para «eludir la mentada prohibición».
El experto marca una contradicción entre la exposición de motivos y el articulado del proyecto. En la primera, el Ejecutivo afirma que el órgano de contralor se crea para «regular y fiscalizar todo lo relativo a las prohibiciones o autorizaciones de explotación de juegos de azar, y sancionar administrativamente a los infractores», así como «dar certeza a la autoridad policial y al Poder Judicial sobre el alcance de las sanciones e ilícitos que por la explotación clandestina de los juegos de azar se configuren».
Según Fernández, el articulado «desvirtúa» ese propósito porque la licitud o prohibición de determinada modalidad de juego queda en manos del órgano regulador que se crea, autorizado para expedir licencias, permisos, etc., a través de un decreto en acuerdo con el Poder Ejecutivo.
«Cuando la propia ley ofrece flancos o brechas, a través de las cuales el administrador puede modificar el ámbito o alcance de la conducta prohibida, irrecusablemente se trata de una norma penal en blanco, que no concilia con el modelo penal del Estado de Derecho y que significa un supuesto de ley defectuosa y abierta, también unánimemente cuestionada por la doctrina penal», afirma el experto. «El delito de juego clandestino debe establecer a texto expreso qué modalidades de juegos de azar están prohibidas y conminadas bajo pena. No parece aceptable que ello dependa de la decisión de un regulador administrativo, quien podrá así, merced a las prohibiciones o permisos que conceda, restringir o extender por sí solo la materia y la conducta punible. Ello constituye, por así decirlo, un pecado insalvable de la ley que así lo disponga», afirma.
Fernández agrega que «desde una rigurosa perspectiva técnica, la norma penal proyectada contiene un vicio o defecto de raíz y debería modificársela, enunciando con toda claridad y precisión cuáles son los juegos de azar involucrados y delimitadores de la materia punible».
A título personal, Fernández afirma que el acceso a tragamonedas «en un almacén o panadería facilita y divulga la socialización de un vicio social. El hecho de que el Estado, mediante algún ardid reglamentario, pueda percibir alguna retribución por los permisos nunca podrá convencerme de la bondad de semejante solución».
Castiga al apostador
Fernández cuestiona que se sancione al apostador. Entiende que penar la «participación en juegos de azar» puede «no tener mayor sentido» dado que «el jugador es el bien jurídico al cual la ley penal procura tutelar». Cree que es una solución político-criminal equivocada, como ocurrió con el juego de la mosqueta».
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