EL IPS SE APRESTA PARA FIRMAR CONTRATO DE USUFRUCTO DE HOTEL

PRIVADOS PLANEAN HOTEL RESORT Y AQUA-PAR EN SAN BERNARDINO

El hotel San Bernardino se encuentra prácticamente en ruinas. Ahora el IPS está en condiciones de darlo en usufructo a una empresa privada

El Instituto de Previsión Social (IPS) estaría en condiciones de firmar el contrato de usufructo del exhotel casino San Bernardino en una semana, tras la aprobación de la concesión a un grupo empresarial privado bajo la figura del usufructo oneroso. La asesoría jurídica del ente ya está trabajando en los detalles técnicos y jurídicos del documento que firmarán.

A partir de la suscripción de contrato de usufructo se iniciará el cronograma de obras y avances físicos y financieros, según la fuente.
Por de pronto, abogados de la dirección jurídica del ente previsional trabajan con los asesores jurídicos del grupo empresarial Teixeira-Holzmann y FFMG, sobre la base de un proyecto de contrato “bastante desarrollado”.
Al proyecto de contrato se le añadirá el proyecto ejecutivo del emprendimiento, que guarda relación con los detalles de la obra, puesto que hay que asegurar la calidad de la construcción, de los materiales utilizables y los metros cuadrados que deben ser determinados.
Cabe recordar que los miembros del consejo de administración votaron hace dos semanas, teniendo en cuenta los nuevos elementos presentados a consideración del cuerpo directivo, especialmente sendos dictámenes de la Procuraduría General de la República y de la Contraloría General de la República. Cada miembro dio su parecer y, finalmente, el caso llevaron a votación con el siguiente: cinco miembros se manifestaron a favor y uno en contra.
Duda razonable
El representante de la Federación de la Producción, la Industria y el Comercio (Feprinco), Ing. Hugo Cataldo, votó en contra con el argumento de que tiene una “duda razonable” sobre la figura jurídica y que, por “prudencia”, consideró que no es la aplicable.
Sin embargo, esa decisión fue desaprobada por la entidad empresarial, que consideró que su representante se extralimitó en sus funciones.
Según nuestra fuente, el Ing. Cataldo sostuvo el argumento según el cual el IPS no está legalmente habilitado a otorgar en usufructo bienes inmuebles que no está autorizado a enajenar, fundándose en el Art. 2230, del Código Civil, que prescribe que se puede establecer usufructo sobre bienes muebles, inmuebles, corporales e incorporales que puedan ser vendidos o donados.
Además, no le convencieron los dictámenes de las mencionadas instituciones, que señalan que el Instituto está legalmente habilitado a contratar bajo la figura del usufructo oneroso, por el término de 30 años.
Ambos documentos también aclararon que el mencionado artículo del Código Civil se refiere simplemente a que los bienes a ser usufructuados deben estar en el comercio, y no necesariamente a la capacidad del IPS de enajenarlos.
Los demás consejeros consideran que la decisión del cuerpo directivo no obedece a un “cambio antojadizo” de las condiciones, sino está basada en las opiniones de dos instituciones serias y respetables.
Además, que tuvieron en cuenta que el tema fue manejado con total transparencia.
Votos a favor del usufructo
Votaron a favor del proyecto el presidente del Consejo, Fernando Silva Facetti, los consejeros José Disnardo Zarza, en representación del Ministerio de Justicia y Trabajo; el Dr. José Bellasai, del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social; el Dr. Remberto Cáceres, de los jubilados y pensionados, y Jorge Alvarenga, de las centrales sindicales.
abc.com.py

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