21/09/23 09:47 hs
El 12 de septiembre, el gobierno envió a la Cámara de Diputados las indicaciones del gobierno para el proyecto de ley que regula el desarrollo de las plataformas de apuestas en línea. La acción se enmarca en el plan del Ministerio de Hacienda para establecer un marco legislativo, mientras el Ministerio de Justicia y el Poder Judicial afirman que derechamente son ilegales, lo que puso en serios aprietos a la ANFP.
Las propuestas están enfocadas a seguir afinando este marco regulatorio, que hasta ahora ha sido visto solamente por la Comisión de Economía, pero que en los próximos días será remitido a la Comisión de Deportes por única vez para que también pueda ser estudiado.
Dentro de las indicaciones ingresadas por el Ejecutivo, se encuentran las que están relacionadas con la fiscalización de estas plataformas, sobre todo aquellas que tienen domicilio fuera del país.
Por ejemplo, define qué es explotar, publicitar u ofrecer sus servicios en Chile 12 meses antes de la solicitud de una futura licencia para operar. Para ello establece ocho criterios:
- Hayan permitido el abono en las cuentas de los usuarios o el pago de las apuestas en moneda de curso legal.
- Utilicen medios de comunicación para publicitar o promocionar sus servicios en territorio nacional, así como operar bajo un nombre que utilice referencias al país, personajes de público históricos.
- Auspicien, su territorio, conocimiento o patrocinen o tengan contratos similares con personas, entidades y/o eventos que se ejecuten en el territorio nacional.
- Operen a través de una sociedad constituida en el país.
- Ofrezcan sus servicios a través de un dominio web que termine en punto cl (.cl).
- Usen el emblema nacional o símbolos que contengan elementos íntimamente vinculados con el país.
- Mencionen encontrarse debidamente regulados por la Superintendencia u autorizados por alguna otra entidad chilena.
- Utilicen alguno de los medios de pago autorizados por la Comisión para el Mercado Financiero o faciliten transferencias y/o depósitos bancarios nacionales como medio de pago.
Garantías e impuestos
Dentro de disposiciones transitorias, contempla que excepcionalmente desde la entrada en vigencia de la nueva ley podrán operar las plataformas que constituyan en Chile una sociedad anónima cerrada en los términos del artículo 11 del proyecto; que acrediten a través de un certificado emitido por un laboratorio acreditado por la Superintendencia de Casinos de Juego que los sistemas utilizados en la plataforma dan cumplimiento a estándares técnicos de jurisdicciones, cuya legislación, de acuerdo a la mencionada Superintendencia, sea similar a la establecida en esta ley, al menos en cuanto a la fe pública y de los montos depositados y apostados; mecanismos de verificación de identidad; exclusión de niños, niñas y adolescentes, y registro de las transacciones realizadas por los usuarios.
También fija una garantía de 5.000 UTM a favor de la Superintendencia. Dicho monto deberá ser restituido una vez que se obtenga la licencia general de operación conforme a la ley. Además, sostiene que las sociedades no deben formar parte de un grupo empresarial que haya prestado servicios de apuestas o similares utilizados por personas naturales con domicilio o residencia en Chile, con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley. Sin embargo, excepcionalmente podrá excluirse este requisito siempre y cuando haya demostrado haberse sometido al procedimiento voluntario de declaración de impuestos señalado en el artículo tercero transitorio.
Por otra parte, se establece una tasa de impuesto del 31% obtenido en los últimos 36 periodos tributarios, menos los pagos por conceptos de IVA. Además, se fijará un componente de captación de usuarios, equivalente al 0,07 UTM por cada una de las cuentas de apuestas que hubiesen tenido movimientos en dicho periodo de declaración. El monto no podrá ser menor a las 1.000 UTM por año o fracción de año de los mencionados periodos tributarios. Los operadores, además, tendrán un plazo de 30 días una vez publicada la ley para realizar esta declaración.
Junto con la declaración, las plataformas que se acojan a este marco regulatorio deberán entregar información al Servicio de Impuestos Internos sobre las rentas obtenidas por los usuarios por conceptos de premios en las plataformas de apuestas.
El informe de la Dipres
Las indicaciones del gobierno fueron acompañadas por un Informe Financiero Sustitutivo firmado por la directora de Presupuestos, Javiera Martínez, quien explica los beneficios del proyecto de ley en el que detalla los tributos que deberán pagar los operadores a la hora de conseguir la licencia otorgada por la Superintendencia de Casinos.
En síntesis, un impuesto especial al juego del 20% de los ingresos brutos anuales (ingresos menos premios), previa deducción del importe del IVA; un mayor impuesto específico por concepto de juego responsable, el que corresponde a la diferencia entre el 1% de los ingresos brutos y los desembolsos ejecutados por la sociedad operadora que califiquen como acciones destinadas a la promoción del juego responsable; un gravamen anual por cada año calendario o fracción de 1.000 UTM por cada licencia general de operación de plataformas de apuestas en línea que se encuentre en explotación.
También se busca crear licencias de explotación de apuestas en línea para eventos únicos; define delitos y normas de control de pago y establece sistemas de persecución de operadores ilegales, dándole las herramientas a la Superintendencia de bloquear la actividad de estos. Asimismo, se modifica la ley 19.995, que regula a los casinos, y establece una sobretasa de impuesto del 1% como aporte al juego responsable.
Finalmente, el proyecto contempla una modificación al Sistema de Pronósticos Deportivos de Polla Chilena de Beneficencia, realizando ajustes en el sentido de transferir al Instituto Nacional de Deportes el 22% de los ingresos brutos proveniente de las apuestas online y presenciales para que sean destinados a las federaciones deportivas.
Altos ingresos
La modificación elimina el impuesto a beneficio fiscal de del 15% de los ingresos brutos de Xperto y Polla Gol, así como también las transferencias de esta empresa al IND, que corresponden al 12% de las entradas de estos dos juegos de azar.
Dentro de las estimaciones de los efectos en los ingresos fiscales, el informe proyecta un crecimiento anual del 10% del mercado chileno de apuestas en línea, también sostiene que “se asume que la legalización de plataformas atraerá nuevas plataformas y nuevos usuarios al mercado, lo que aumentaría su tamaño (ingresos brutos). Debido a que estas plataformas ya se encuentran masificadas, se asume un incremento por legalización conservador de 10% en el año 2, que disminuye paulatinamente hasta llegar a un 2,5% en el año 5?.
En cuanto a la legalización gradual de las plataformas existentes, “se estima que un 25% de los ingresos brutos del mercado provendrán de plataformas legales en una primera instancia, el que irá aumentando hasta llegar a un 85% en el año 5. Esta última tasa corresponde a la tasa estimada en régimen”.
Dentro las proyecciones que realiza el gobierno, se estima que siete empresas se acogerán a este sistema pagando el impuesto mínimo establecido por la ley de 1.000 UTM por año, por lo que cada una de ellas deberá cancelar 3.000 UTM.
Por último, el informe incluye una tabla de ingresos fiscales desde las plataformas privadas. En ella establece que el primer año se recaudarán $ 1.329 millones; $ 19.150 millones en el segundo; $ 42.829 millones en el tercero; $ 67.105 millones en el cuarto; y $ 88.163 millones en el quinto año.
También proyecta una tabla en un escenario menos optimista con menores ingresos, lo que deriva en una tercera estimación, en donde se proyectan pérdidas de $ 2.749 millones en el primer año a ganancias por $ 84.085 millones en el quinto. Además, se vislumbra una inversión en el fortalecimiento de la Superintendencia de Casinos de Juegos, la entidad que deberá fiscalizar a estas plataformas.
Fuente: msn.com