El presidente Enrique Peña Nieto modificó, por medio de decreto, el Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos de casino, por lo que se prohíbe las maquinas tragamonedas. La Dirección General de Juegos y Sorteos será la encargada de autorizar, controlar, vigilar y resolver los asuntos relacionados con el cumplimiento del Reglamento
Las máquinas tragamonedas quedaron prohibidas a partir de hoy de acuerdo con la Ley Federal de Juegos y Sorteos, que también señala que se debe regular el sorteo de símbolos y especifica cómo debe ser la publicidad de los juegos.
A través del Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de Gobernación (Segob) publicó las reformas de 16 artículos, se agregó un capítulo y se derogó una fracción y un artículo, del reglamento.
Estos cambios señalan que la Dirección General de Juegos y Sorteos será la encargada de autorizar, controlar, vigilar y resolver los asuntos relacionados con el cumplimiento del Reglamento, además podrá emitir sanciones derivadas de juegos con apuestas y rifas.
La reforma al Artículo 9 y todas sus fracciones tiene que ver con que la publicidad y propaganda de los juegos con apuestas deberán incluir mensajes que indiquen que éstos están prohibidos para menores de edad y deberá de contener mensajes que inviten al juego responsable y con el propósito de entretenimiento, diversión y esparcimiento.
También señala que las máquinas tragamonedas están prohibidas en cualquier modalidad, quedando exentos los tocadiscos, videodiscos, fotográficas, las de uso infantil, con la condición de que sus mecanismos no permitan algún tipo de apuesta o juego de azar.
Las máquinas de sorteos con números o símbolos deberán acreditar que han sido fabricadas en territorio nacional o que fueron legalmente importadas, además deberán entregar la Dirección General una relación trimestral de las máquinas instaladas en cada establecimiento.
En cuanto la apertura y operación del cruce de apuestas en hipódromos, galgódromos, frontones, así como la instalación de centros de apuestas remotas y salas de sorteos, la Segob otorgará los permisos con vigencia mínima de un año y máximo de 25.
El decreto señala que las erogaciones que se generen deberán cubrirse con cargo al presupuesto aprobado a la Secretaría, por lo que no se requiere de una ampliación presupuestal para este ejercicio fiscal y los subsecuentes.
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