Luego de la promulgación de la ley de reforma del impuesto a las Ganancias y ante su inminente reglamentación y entrada en vigencia, las autoridades de ALEA se reunieron en la subsede de la Ciudad de Buenos Aires, para efectuar un análisis de la situación y unificar criterios.
La posición tomada quedó expresada en el acta de la reunión, que aquí publicamos.
Acta de la reunión del 5 de enero
Con la presencia de representantes de loterías oficiales, cámaras de agentes oficiales, concesionarios de salas de juegos de azar y miembros de asociaciones civiles del sector, se abordaron las posibles consecuencias de la aplicación de la ley 27346, sancionada el jueves 22 de diciembre en el Congreso y que grava con un nuevo impuesto a las actividades del sector.
Los miembros presentes manifestaron la preocupación que suscita la aplicación de esta ley por los graves prejuicios no solo para los empresarios del sector, sino también en la importante disminución que sufrirían los recursos destinados a desarrollo social, por parte de los entes oficiales provinciales.
Entre otras cuestiones importantes se plantearon las objeciones que suscita la ley n cuanto a su constitucionalidad al legislar una materia n delegada por las provincias a la nación como es la regulación de los juegos de azar. Se plantea su falta de razonabilidad, el trato desigual y arbitrario que recibe en relación al impuesto similar que recae sobe las apuestas on line que crea la misma ley, la imposibilidad de su traslación y su carácter confiscatorio.
Además de ello, las preocupaciones que han exrpesado los miembros presentes dan cuenta de la iinseguridad jurídica que también produce su aplicación en virtud que altera la ecuación económica de los contratos aún vigentes, que se están cumpliendo, lo que podría acarrear juicios a los entes reguladores y en consecuencia a las provincias.
Como9 conclusión de la jornada, se resolvió intentar gestionar ante la AFIP para tener participación e influencia en la reglamentación de la citada ley como así también se sugiere consensuar las posibles acciones judiciales que de la aplicación de la presente ley se puedan generar.